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Motos y bicimotos eléctricas: nuevo reglamento y las multas

Octubre 30, 2023

Si eres de los que usa scooters, motos y bicimotos eléctricas para ir a trabajar o estudiar, esta nota es para ti. Desde el 1 de septiembre entró en vigencia la nueva regulación para los medios de transporte con menos de tres ruedas. Esta establece los nuevos requisitos de que debes cumplir para poder transportarte libremente en estos vehículos.

Lo primero que debes saber es que las patinetas eléctricas o scooters no pueden ser usadas como medio de transporte. Según el Reglamento Nacional de Vehículos, estas deben usarse únicamente para el entretenimiento.

En cambio, las motos y bicimotos sí son reconocidas como medios de transporte urbano. Las bicimotos cuentan con un motor de baja potencia y no exceden los 50 km/h. Están clasificadas en la categoría L1. En tanto, las motos circulan a menos o más de 50 km/h y, según la potencia, se clasifican en la categoría L3.

Requisitos para circular con motos y bicimotos

Tanto las bicimotos como las motos eléctricas deben estar registrados en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para poder transitar. Además, su circulación se autoriza siempre que cumplan con tener al día lo siguiente:

  • SOAT vigente
  • Tarjeta de propiedad
  • Brevete (clase B2)
  • Placa única de rodaje
  • Certificado de Inspección Técnica Vehicular (ITV) para vehículos L3

Multas y sanciones

Con la actualización del reglamento, se multará a quienes circulen sin placa, SOAT y brevete. También hay sanciones por el manejo incorrecto de motos y bicimotos eléctricas. La clasificación es la siguiente:

  • Conducir sin brevete: S/ 2 100
  • No contar certificado ITV: S/ 2 100
  • Participar en competencias de velocidad no autorizadas: S/ 1 008
  • Conducir sin placa: S/ 504
  • Circular en sentido contrario: S/ 504
  • No contar con póliza de seguro (SOAT): S/ 504
  • Circular por ciclovías: S/ 336 

Licencia de conducir para casos de motos y bicimotos

Recuerda tener al día tu licencia de motos y bicimotos. Si aún no la tienes formalizada te estás exponiendo a una multa o la suspensión de tu registro. Incluso, podrían abrirte un proceso penal. 

Si eres mayor de edad y necesitas conducir vehículos motorizados de 2 y 3 ruedas para uso personal o comercial, pon atención. Debes tramitar tu licencia de conducir categoría B-IIa, IIb o lIc en la municipalidad de tu distrito o provincia.

No olvides que estos medios de transporte son prácticos y económicos, pero pueden ser más caros si no respetas las normas vigentes.